El Ministerio de Economía decidió cerrar el examen por vencimiento de la medida antidumping sobre las hojas de aluminio provenientes de China, levantando así el derecho del 28 por ciento que estaba vigente desde 2020. Esta resolución se formalizó a través de la Resolución 172/2026, firmada por el ministro Luis Andrés Caputo, y entra en vigor de manera inmediata desde su publicación en el Boletín Oficial.
El producto afectado se clasifica bajo la posición arancelaria NCM 7607.11.90, que incluye “hojas de aluminio, sin soporte, simplemente laminadas, con un espesor superior o igual a 0,006 mm pero inferior o igual a 0,2 mm y una anchura máxima de 1.300 mm”. Este tipo de foil es esencial en la producción de envases para alimentos, bebidas, medicamentos y membranas aislantes utilizadas en la construcción.
El derecho antidumping que se eliminó había sido establecido en 2020 por la Resolución 88 del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo, a instancias de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C., la única empresa productora de foil y aluminio primario en el país. Según los fundamentos de la norma, la Subsecretaría de Comercio Exterior determinó en agosto de 2025 que no existía un margen de dumping para las operaciones hacia Argentina durante el período investigado. Sin embargo, se identificó un margen de recurrencia de dumping del 14,47 por ciento al comparar los precios con las exportaciones chinas hacia Chile.
La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE), a través del Acta de Directorio N° 2618 del 21 de enero de 2026, sugirió considerar observaciones adicionales antes de decidir sobre la posible prórroga de la medida. Según información obtenida, durante la vigencia del derecho, las importaciones chinas de este producto disminuyeron a menos del 3 por ciento del consumo aparente nacional.
En ese mismo período, ALUAR aumentó su participación en el mercado, pasando del 64 por ciento en 2019 a un notable 91 por ciento en 2024. Además, la empresa incrementó sus precios entre 5 y 7 por ciento en términos relativos, a pesar de que el precio internacional del aluminio primario, su insumo principal, cayó un 16 por ciento.
La CNCE también destacó que el foil de aluminio incide en “diversas cadenas productivas de bienes de consumo básico” y representa entre el 3 y el 4 por ciento de la facturación total de ALUAR, que controla entre el 60 y el 65 por ciento de los costos de producción del foil, dado que es la única fabricante de aluminio primario en el país.
Por su parte, la Subsecretaría de Comercio Exterior coincidió en cerrar el examen sin mantener la medida antidumping, una postura respaldada por la Secretaría de Industria y Comercio y el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía.

